Constancia de Mayoría y Validez

Concluido el cómputo y emitida la declaración de validez para la elección de que se trate (diputaciones o ayuntamientos por el principio de mayoría relativa), se expedirá la constancia de mayoría y validez a quien hubiese obtenido el triunfo, salvo que los integrantes de la fórmula y/o planilla resultaren inelegibles.

El Consejo General del IEEZ al efectuar el cómputo estatal de la elección de Gobernadora (or) del Estado, emitirá en forma provisional la declaración de validez de la elección y expedirá la constancia provisional de mayoría y de Gobernadora(or) electa(o) a la candidata(o) que hubiese obtenido el mayor número de votos (Art. 276, numeral 1 de la LEEZ).